OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO
Control de la exposición
Cuando se sospecha la
exposición a alguno de los agentes causantes de enfermedades profesionales, o
se realizan actividades como las incluidas en el Real Decreto 1995/1978, no
cabe duda que habrá que establecer programas de control de la exposición para
garantizar que unos niveles aceptables para que los trabajadores no sufran
efectos adversos.
Si queremos reducir la dosis
de exposición recibida por los trabajadores podemos influir en el nivel de
contaminantes en el ambiente de trabajo a través de controles colectivos (en la
fuente o en el medio de propagación), a través de limitaciones del tiempo de
exposición de los operarios; o bien a través del uso de equipos de protección
individual o de prácticas de trabajo adecuadas.
De acuerdo con los
principios de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son prioritarios los
controles en la fuente y en el medio de propagación de cara a controlar la
exposición.
Los controles en la fuente
se realizan en el foco de contaminación con el objetivo de evitar o reducir la
emisión del contaminante al ambiente de trabajo. Se puede sustituir el producto
por otro que reduzca el riesgo ambiental, enclaustrar la operación colocando
una barrera de interposición, mediante extracción localizada que captura el
contaminante en el punto de generación.
Como controles en el medio
de propagación podemos recurrir a las medidas de ventilación general o de
limpieza de instalaciones.
Los equipos de protección
individual son otro método de control que, aunque no eliminan el riesgo, supone
una reducción de las consecuencias de la exposición. En algunos casos se hacen
fundamentales como ocurre en el caso de la exposición a sustancias cancerígenas
o a agentes biológicos. Para los agentes cancerígenos, el objetivo es reducir
la exposición al mínimo posible, y aunque existan controles colectivos se
recurre al uso de protección respiratoria como elemento de seguridad adicional.
En el caso de riesgos biológicos puesto que no existen valores de exposición
ambiental definidos, se trata de reducir lo más posible el riesgo de inhalación
del agente biológico.
Ley de prevención de riesgos laborales.
Se dice que en el ámbito de
empresa se debe contemplar que se trabaje en seguridad, que la empresa procure
por la salud de los trabajadores, que tengan un respeto ecológico y finalmente
que se obtenga un producto de calidad.
La empresa debe definir un
modelo organizativo que permita obtener esos objetivos, esos objetivos afecta a
todos los niveles y a toda la jerarquía de la empresa.
La seguridad debe
contemplarse en todos los niveles de producción.
Las herramientas básicas para
conseguir estos objetivos son la formación y la información.
El plan de seguridad tiene 4
pilares básicos:
. Riesgo
. Prevencion
. Planera
. Actuar
También es muy importante
definir cuales son los canales de información que utilizara, marcar claramente
el circuito, valorando si son seguros y efectivos.
Este plan implica que toda la
actividad preventiva debe estar documentada, documentación que reflejara los
cambios tecnológicos, cambios organizativos y todo el plan de prevención.
Los 4 apartados del plan de
prevención son:
. Investigación de accidentes e incidentes (cual será el sistema para
ello)
. Medidas de emergencia:
Deberán estar elaborados por
escrito, comunicado y determinados los responsables de los mismos, y son:
+ Plan contra incendios
+ Plan de evacuación
. Información y formación de los trabajadores (campañas de prevención)
. Reconocimientos físicos de salud (dirigidos al lugar de trabajo que
ocupan)
Así como de enfermedades con gran
impacto en la salud publica.
La filosofía del plan de
seguridad es evitar riesgos.
Los servicios de prevención
no son los responsables del plan de prevención, solo es un soporte técnico,
asesor, que tiene las siguientes funciones.
.Evaluar riesgos
. Marcar prioridades
. Informar y formar a los trabajadores
. Elaborar los planes de emergencia
. La medicina preventiva.
-
Métodos para elaborar la evaluación de riesgos en las empresas
Clasificación
de factores de riesgo
+ Contaminantes
- Químicos (gases, vapores,
sustancias sólidas o liquidas)
- Físicos (mecánicas (ruido,
vibraciones), temperatura, electromagnéticas)
Los
electromagnéticos pueden ser
. Radiaciones ionizants
(nucleares, rayos X) (provocan cambios en nuestras células)
. Radiaciones no
ionizantes (ondas de radio, móviles, microondas, ...)
-Biológicas (microbios, ...)
+ Aspectos organizativos (cargas de tipo mental o
físico)
Según la ley lo que hay que
hacer es identificar todas las condiciones de trabajo que pueden provocar una
alteración de la salud como accidentes o enfermedades. Así como determinar la
existencia de riesgos para determinados trabajadores con protección especial
(diminuidos, mujeres embarazadas y menores de 20 años)
Se empieza clasificando los
diferentes lugares de trabajo que hay en al empresa. Se considera lugar de
trabajo al conjunto de actividades que desarrollan los trabajadores en la
empresa.
Hay que tener en presente que
toda la maquinaria, útiles, y productos tengan las mismas medidas de seguridad,
si no fuera así se considerarían diferentes lugares de trabajo. (No es lo
mismos una prensa preparada con doble mecanismo de marcha que una que no lo
tiene).
El primer paso es una
Descripción general de la empresa, y lo hacemos definiendo los lugares de
trabajo.
La información mínima,
documentada y con fecha i firma de la persona que realiza la definición. son:
. Datos identificativos de la empresa
. Tipo de evaluación (inicial, por cambios o por accidente)
. Definición del lugar de trabajo
. Determinar el riesgo potencial para la salud (según la codificación
establecida a tal efecto)
. Determinar si en este lugar de trabajo hay personas con protección
especial
(las zonas comunes como pasillos, lavabos, etc. se colocan como lugar de
trabajo)
En segundo lugar hay que
realizar una Evaluación de riesgos específicos de cada lugar de trabajo.
. Datos identificativos de la empresa
. Descripción del lugar de trabajo
. Numero de personas que ocupan este lugar de trabajo
. Identificación del riesgo del lugar de trabajo
+ Medimos la exposición y la comparamos con la normativa legal.
+ Si no existe normativa legal evaluamos el riesgo de una manera
subjetiva, para la que se tendrá n consideración la probabilidad y la gravedad
de ese riego. En función de esta probabilidad determinaremos si el riesgo es
leve, moderado o grave.
probabilidad
Baja Media Alta
Baja Muy
leve Leve Moderada .
Severidad Media Leve Moderada Grave .
Alta
Moderada Grave Muy grave .
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